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Gestión de los cobros de cuotas escolares con mandatos SEPA y prenotificaciones

Para cobrar las cuotas escolares mediante el Adeudo Directo SEPA Core, necesita un mandato firmado, una prenotificación enviada al padre o madre antes de la…

Gestión de los cobros de cuotas escolares con mandatos SEPA y prenotificaciones

Para cobrar las cuotas escolares mediante el Adeudo Directo SEPA Core, necesita un mandato firmado, una prenotificación enviada al padre o madre antes de la fecha de vencimiento y un cobro que llegue al banco del padre o madre al menos un día hábil antes de esa fecha.

¿Cómo realizo los cobros de cuotas escolares con mandatos SEPA y prenotificaciones?

En primer lugar, el padre o madre firma un mandato que contiene el texto legal obligatorio y el conjunto de datos requerido, y la Referencia Única de Mandato debe llegarle antes de su primer cobro. En segundo lugar, usted envía una prenotificación del importe y de la fecha de vencimiento. En tercer lugar, una vez que tenga el mandato firmado, puede iniciar los cobros, y el banco del padre o madre debe recibir cada uno al menos un día hábil interbancario antes de la fecha de vencimiento.

Los plazos posteriores se cobran en virtud del mismo mandato. Si no presenta ningún cobro en virtud de un mandato durante 36 meses, debe cancelarlo y obtener un nuevo mandato antes de volver a cobrar.

Tabla de control del ciclo de cuotas para los cobros SEPA Core escolares

Paso

Norma o cifra en la que se basa

Cómo verificarlo

Obtener el mandato firmado antes del primer cobro

El mandato debe contener el texto legal obligatorio y el conjunto de datos requerido; la Referencia Única de Mandato debe llegar al padre o madre antes del primer cobro si no estaba disponible en la firma

El expediente de cada familia contiene un mandato firmado con los datos obligatorios y un registro de que la Referencia Única de Mandato llegó al padre o madre antes del primer cobro

Enviar la prenotificación

Por defecto, a más tardar 14 días naturales antes de la fecha de vencimiento, salvo que se acuerde otro plazo

El aviso (calendario, factura o notificación) muestra el importe y la fecha de vencimiento, y su fecha de envío es de al menos 14 días naturales antes de la fecha de vencimiento, salvo que se haya acordado otro plazo

Hacer que el cobro llegue a tiempo al banco del padre o madre

El banco del deudor debe recibir el cobro al menos un día hábil interbancario (D-1) antes de la fecha de vencimiento

El cobro se programa de modo que el banco del padre o madre lo reciba al menos un día hábil interbancario antes de la fecha de vencimiento

No cobrar con demasiada antelación

Un cobro no debe recibirse antes de 14 días naturales antes de la fecha de vencimiento

El cobro se programa de modo que el banco del padre o madre lo reciba no antes de 14 días naturales antes de la fecha de vencimiento

Retirar los mandatos no utilizados

Cancelar el mandato si no se presenta ningún cobro durante 36 meses desde el último presentado, incluso si fue rechazado, devuelto o reembolsado

Comprobar la fecha del último cobro presentado por mandato frente al período de 36 meses

¿Qué puede usar un colegio como prenotificación y qué ocurre si el aviso llega tarde o es incorrecto?

Una prenotificación es el aviso del acreedor al padre o madre sobre el importe y el calendario antes de que se realicen los adeudos, y puede ser un aviso independiente o formar parte de un extracto, recibo o factura habitual. Un calendario de adeudos repetitivos para un período acordado, la propia factura, un aviso individual para una fecha de vencimiento concreta o cualquier otro documento que indique el importe y la fecha de vencimiento son válidos, y también sirve cualquier medio electrónico acordado con el padre o madre.

Por defecto, el colegio, como acreedor, debe enviar la prenotificación al padre o madre a más tardar 14 días naturales antes de la fecha de vencimiento, pero el colegio y el padre o madre pueden acordar otro plazo. Si se acuerda un plazo más corto, se recomienda que el padre o madre aún disponga de tiempo suficiente para tener los fondos necesarios en la cuenta. Una prenotificación que no se realice correctamente puede dar lugar a una devolución o a un reembolso.

¿Cómo mantengo los mandatos correctos cuando un padre o madre cambia de cuenta bancaria o cuando terminan las cuotas?

Cada parte es responsable de modificar las características del mandato que le corresponden, por lo que si el colegio cambia su nombre, su identificador de acreedor o la referencia del mandato, el mandato debe modificarse. Si un padre o madre se traslada a otra cuenta, el mismo mandato continúa, y el cobro lleva el indicador de modificación establecido en verdadero con la cuenta original del deudor establecida como SMNDA. Dentro del mismo banco se admite el código IBAN.

Cuando cambia un identificador de acreedor o una Referencia Única de Mandato, el indicador de modificación debe establecerse en verdadero y debe indicarse el valor original. Para el primer cobro en virtud de un mandato puede usar FRST o RCUR, y usa LAST para marcar el último cobro de una serie cuando vence la última cuota.

Fuentes